Modificaciones de medidas

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Tanto en el divorcio, como en la separación, como en casos de rupturas de parejas que no están casadas pero tienen hijos se dicta una serie de medidas que afectan de forma muy directa a la vida de las personas implicadas: se fija como va a ejercerse la patria potestad sobre los hijos comunes, quien va a tener su custodia, cuánto durarán las visitas, cuál será la pensión de alimentos, si habró pensión compensatoria, etc.

Estas medidas no son invariables, sino que en caso de que las circunstancias cambien podrán modificarse, ya sea de común acuerdo ya sea solicitando al Juzgado que fije unas medidas que sean más justas y acordes a las nuevas circunstancias: hijos que son económicamente independientes, mayores o menores ingresos en quienes pagan pensiones, mayores o menores gastos en quienes los reciben, problemas en el cumplimiento del régimen de visitas que hacen aconsejable que se reduzca o una muy buena relación con el progenitor custodio que favorezca que se amplíen las visitas o incluso que se modifique la custodia, modificaciones en la legislación que nos concedan derechos que antes no teníamos, etc.

Si tus circunstancias desde que se dictó la Sentencia de Divorcio o Separación han cambiado y tienes dudas sobre si es o no viable una modificación de medidas, puedes pedir un dictamen en el despacho de Lidón Serra, quien bajo la máxima de no llevar a los clientes a procesos con escasas posibilidades de éxito, valorará al detalle todas aquellas opciones que resulten más ventajosas.

16 enero 2020